Procedimientos
A fin de aperturar su expediente matrimonial, ambos contrayentes deben apersonarse a la Sub Gerencia de Registro Civil, sito en Av. Brasil Nº 3501 – Magdalena del Mar, en el horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. hasta las 15:00 horas (horario corrido) con toda la documentación y acompañados de sus dos testigos quienes deberán conocerlos por lo menos desde 3 años antes, quienes depondrán bajo juramento, acerca de si existe o no algún impedimento para contraer matrimonio civil.
Luego, los Especialistas Técnicos procederán a la calificación de los requisitos y encontrándose conforme los mismos se les proporcionará la SOLICITUD MATRIMONIAL para el llenado de datos por los contrayentes y sus testigos. Asimismo se hará entrega del edicto matrimonial para su publicación en un solo periódico, debiendo traer, al día siguiente de publicado, la hoja completa del periódico.
Si uno de los contrayentes reside en otro distrito, se le hará entrega del edicto matrimonial el que deberá presentarlo adicionalmente en la municipalidad de su residencia, y será publicado por espacio de 08 días, debiendo posteriormente recogerlo y entregarlo con la firma y sello del funcionario responsable de la municipalidad receptora.
Completado la documentación y transcurrido el plazo del edicto, sin haberse producido oposición o desestimación, se declarará la capacidad, para contraer matrimonio civil hasta dentro de los 4 meses siguientes. Ese día podrá programarse la fecha del matrimonio civil; caso contrario los documentos presentados quedarán sin efecto y deberán iniciar nuevamente los trámites con sus respectivos pagos.
Concerniente a los dos testigos, que firmaron el expediente matrimonial, deberán presentarse el día del matrimonio, 30 minutos antes de la hora fijada para la celebración del matrimonio civil.
Todos los documentos presentados, no se devuelven por formar parte del Expediente matrimonial.