Municipalidad de Magdalena del Mar
Consejo Distrital de Participación de la Juventud – CDPJ Magdalena del Mar
El Consejo Distrital de Participación de la Juventud – CDPJ de Magdalena del Mar, es un órgano autónomo de nivel distrital, colegiadas, autónomas, democráticas y de carácter social que representan a las y los jóvenes, ante la municipalidad distrital, y las instituciones públicas y privadas que intervienen en materia de juventud en el distrito.
Es de alcance a todos los jóvenes comprendidos entre los 15 y 29 años de edad que se encuentran organizados.
Las funciones de los Consejos Distritales, señaladas en el artículo 31° de la Ordenanza N°462-MML, son:
- Actuar como instancia válida de interlocución y consulta ante la Municipalidad distrital, así como de las entidades públicas nacionales y las organizaciones privadas, en los temas concernientes a la juventud y el desarrollo de la ciudad.
- Cogestionar planes y programas dirigidos a la juventud y autogestionar recursos que contribuyan al desarrollo de los mismos.
- Proponer a las respectivas autoridades, planes y programas para el cabal desarrollo de los jóvenes.
- Establecer las estrategias y procedimientos para que los jóvenes participen en el diseño de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo dirigidos a la juventud, y ejercer veeduría en la ejecución de los mismos.
- Promover y motivar la participación juvenil en la planificación, seguimiento y evaluación de las políticas nacionales de juventud que les afectan.
- Propiciar la valoración de prácticas positivas individuales o grupales de jóvenes, en especial de aquellos de sectores urbanos pobres, en los medios de comunicación y en especial en la televisión.
- Desarrollar campañas en torno al desarrollo de conductas y actitudes democráticas respetuosas de los derechos ciudadanos y pacíficas, propiciando que los jóvenes rechacen las acciones destructivas y violentas que individuos o grupos realizan.
- Promover la promoción y la difusión y el ejercicio de los derechos humanos, civiles, políticos y sociales.
- Apoyar la emergencia de iniciativas comunicacionales, artísticas y culturales de los propios jóvenes, favoreciendo su propia expresión, así como haciéndola visible a la opinión pública.
- Fomentar la creación de organizaciones y movimientos juveniles.
- Dinamizar la promoción, la formación integral y la participación de la juventud.
- Elegir representantes ante otras instancias de participación juvenil y en general, ante aquellas cuyos estatutos y regulaciones así lo dispongan.
- Adoptar su propio reglamento de organización y funcionamiento.
El CDPJ de Magdalena del Mar tiene dos instancias de dirección, son las siguientes:
1. Asamblea General:
Máxima instancia de decisión del Consejo Distrital de Participación de la Juventud, está conformado por los representantes de las organizaciones juveniles y las secciones juveniles de las asociaciones civiles, gremiales y de organizaciones sociales del distrito debidamente acreditadas y con inscripción del mandato vigente de su Junta Directiva en el RUOS, registros públicos u otros registros, que acrediten vida orgánica de no menos de cien (100) días, con participación efectiva de jóvenes que en su mayoría residan y realicen intervención en la jurisdicción del distrito.
2. Junta Directiva:
La Junta Directiva es la instancia de dirección, planificación, coordinación y organización de las actividades y asambleas del CDPJ de Magdalena del Mar. Se reúne ordinariamente cada dos (2) meses y extraordinariamente cada vez que lo requieran.
Está conformado por tres (3) representantes en los siguientes cargos:
- Secretario General
- Sub Secretario General
- Secretario del Área de Planificación y Coordinación Interna.
Los cargos de la Junta Directiva son electos por el periodo de un (01) años contados a partir de la Resolución de Gerencia que reconoce a la Junta Directiva.
Para integrar la Asamblea General del Consejo Distrital de Participación de la Juventud CDPJ de Magdalena del Mar, cada organización juvenil o sección juvenil de las asociaciones civiles, gremiales y de organizaciones sociales cuyos miembros en, al menos un tercio del total residen y realizan intervención en la jurisdicción del distrito, deberán presentar un representante titular y alterno que tengan entre 15 y 29 años de edad al momento de la designación y que residan de forma ininterrumpida en el distrito por un periodo mínimo de un año.
La organización deberá remitir a la Junta Directiva del Consejo Distrital de Participación de la Juventud, los siguientes documentos:
- Solicitud de adhesión a la Asamblea General del Consejo Distrital de Participación de la Juventud.
- Copia de resolución o documento que acredite su inscripción en el RUOS, Registro Único de Organizaciones Juveniles, Oficina Registral de Registros Públicos, Registro Nacional de Organizaciones Juveniles (RENOJ) u otro Registro.
- Documentos que acrediten vida orgánica de al menos 3 meses y 1 actividad pública.
- Nómina de miembros y Junta Directiva.
- Acta de reunión donde designan a los representantes titular y alterno para el Consejo Distrital de Participación de la Juventud.
- Copia de Documento Nacional de Identidad de los representantes titular y alterno.
- Declaración jurada simple de los representantes titular y alterno de residencia ininterrumpida por el periodo de un año en el distrito.
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