Corresponde a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, según Ordenanza Municipal 121-2021-MDMM las siguientes funciones:
a. Asesorar al órgano de dirección y otros órganos municipales en materia de Administración de Tributos y Rentas Municipales.
b. Informar a la Gerencia Municipal el desarrollo de proyectos, programas, ingresos y actividades desarrolladas a su cargo, de acuerdo con los objetivos y metas estableciendo su correspondiente evaluación.
c. Formular, proponer y administrar su Presupuesto anual, el Plan Operativo Institucional, el Plan Estratégico en el ámbito de su competencia.
d. Formular el Proyecto del Presupuesto Anual de ingresos tributarios y no tributarios, de acuerdo a las normas vigentes en coordinación con las áreas competentes.
e. Formular y proponer las políticas, normas, planes, programas entre otros que permitan generar rentas para la municipalidad.
f. Proponer documentos normativos y de gestión (Ordenanzas Municipales, Decretos de Alcaldía, Resoluciones, Procesos, Procedimientos, Directivas, instructivos, entre otros) en materia tributaria, impulsando la mejora e innovación de los procesos, procedimientos y sistemas informáticos respecto a sus competencias.
g. Planificar, organizar, dirigir y controlar, las fases pertinentes al cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Coordinar y controlar los procesos de registro de contribuyentes, orientación tributaria, recaudación, ejecución coactiva y fiscalización de tributos.
i. Tramitar los recursos de apelación y quejas presentadas por los contribuyentes del distrito, según Código Tributario.
j. Emitir resoluciones en procedimientos de carácter contencioso y no contencioso tributario.
k. Proponer convenios con entidades externas, a fin de contar con información que ayude en el desarrollo de las actividades y mejora de la recaudación.
l. Realizar el control interno de sus procedimientos en cumplimiento de la Ley Nacional del Sistema de Control.
m. Capacitar al personal de atención al ciudadano en materia tributaria para mejorar la atención.
n. Otras funciones que le asigne la General Municipal en materia de su competencia.